AYUDAS DE 300 EUROS PARA LA CUOTA DE ABRIL DE AUTÓNOMOS/AS AFECTADOS POR LA CRISIS

AYUDAS DE 300 EUROS PARA LA CUOTA DE ABRIL DE AUTÓNOMOS/AS AFECTADOS POR LA CRISIS

#Economía y Desarrollo 16/04/2020

El presupuesto total es de 50 millones de euros, con el que se pretende alcanzar a más de 150.000 beneficiarios.

La Junta de Andalucía aprobó en el día de ayer, 15 de abril (Decreto-Ley 9/2020), con carácter urgente una ayuda excepcional de 300 euros para autónomos/as y trabajadores/as por cuenta propia para cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la Seguridad Social.

Tipo de ayuda

  • Abono de 300 euros a la persona beneficiaria en un único pago.
  • El límite para pedir la ayuda será de quince días después de declararse finalizado el estado de alarma
  • Concurrencia no competitiva, hasta agotar presupuesto (50 M€)

Beneficiarios/as

Autónomos/as y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto mermada su actividad. Un total de 99 tipos de profesiones, entre las que se encuentran:

  • Sanitarios/as (odontólogos/a, fisioterapeutas, logopedas,…)
  • Centros o clínicas veterinarias
  • Ópticas y productos ortopédicos
  • Prensa y papelería
  • Tintorerías
  • Transporte de personas (taxis)
  • Sector artesanal (fabricación de papel, vidrio, productos de madera, hierro, instrumentos musicales, etc.)
  • Abogados/as
  • Procuradores/as
  • Intérpretes
  • Psicólogos/as
  • Profesionales del sector de la flor cortada
  • Fabricantes de quesos
  • Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y con discapacidad.
  • Fotografía
  • Textil y confección
  • Telecomunicaciones
  • Restaurantes y puestos de comida.

También se ha incluido como beneficiarios/as a los socios/as trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por encuadrarse en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Requisitos

  • Ser trabajador/a por cuenta propia o autónomo/a con domicilio fiscal en Andalucía
  • Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos/as, o en la mutualidad correspondiente
  • Tener unos ingresos anuales inferiores al triple del SMI (unos 39.900 euros)
  • NO haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad de RDL de 29 de marzo.

Cómo se solicita

  • Vía telemática a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
  • A partir del día siguiente a la publicación en BOJA del Decreto Ley aprobado en Consejo de Gobierno del 15 de abril.
  • Basta con rellenar un formulario, que incluye una declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
  • Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.

Más información

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 955 063 910 o escribir al correo buzonweb.sac.ceec@juntadeandalucia.es

 

 

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